Ley N° 3463 - Los aeropuertos de la provincia deben disponer un espacio físico para la regulación sensorial en su planta de embarque
Fecha:
30/9/2024
Ref.:
Referencia:
Se establece que los aeropuertos de la provincia deben disponer un espacio físico para la
regulación sensorial en su planta de embarque, de acceso opcional y gratuito, destinado a la espera de
personas neurodivergentes, sin límite de edad, que cuenten o no con Certificado Único de Discapacidad
(CUD), y a su grupo familiar.