Ley N° 3463 - Los aeropuertos de la provincia deben disponer un espacio físico para la regulación sensorial en su planta de embarque

Fecha:
30/9/2024
Se establece que los aeropuertos de la provincia deben disponer un espacio físico para la regulación sensorial en su planta de embarque, de acceso opcional y gratuito, destinado a la espera de personas neurodivergentes, sin límite de edad, que cuenten o no con Certificado Único de Discapacidad (CUD), y a su grupo familiar.
Gestión:
Figueroa
Decreto promulg.: 1200/24
Estado:
Publicada
Boletín Of. N° 4349
Normativa:
Observaciones: