Ley N° 3442 - FONDO DE RECAUDACIÓN POR EL USO DEL AGUA PARA LA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Fecha:
1/7/2024
Ref.:
Referencia:
El objeto de la presente es regular el uso y aprovechamiento de aguas públicas de
dominio público provincial exclusivo o compartido, con destino a la generación de energía hidroeléctrica, en las condiciones previstas por la Constitución provincial, la Ley 899 ¿Código de Aguas¿ y las disposiciones que dicte el Poder Ejecutivo