Ley N° 3348 - FONOAUDIOLOGIA.-

Fecha:
20/7/2022
Se adhiere a la Ley nacional 27 568 , Ejercicio Profesional de la Fonoaudiología.- DEROGA los artículos 101, 102, 103 y 104, Capítulo XIII de los Fonoaudiólogos de la Ley provincial 578, por la cual se establece el ejercicio de la medicina, odontología, colaboradores y auxiliares de las misma en la provincia.-
Gestión:
Gutiérrez
Decreto promulg.: 1431
Estado:
Publicada
Boletín Of. N° 4060
Normativa:
Observaciones: