MODIFICAN, los artículos 1.° y 2.° de la Ley provincial 2288, los que quedan redactados de la
siguiente manera:
--- Se adhiere a la Ley nacional 25.080 ¿Ley de Inversiones para Bosques Cultivados¿ y a sus modificatorias, las Leyes nacionales 26.432 y 27.487.-