Ley N° 3336 - Control de Ingreso Provincial de Productos Alimentarios.-
Fecha:
11/6/2022
Ref.:
Referencia:
Prohibición. Se prohíbe elaborar, comercializar y usar productos fitosanitarios a base de Clorpirifós etil o metil.- Sanciones. El incumplimiento de la presente ley dará lugar a lo dispuesto en los artículos 45,46 y 47 de la Ley provincial 2774 y su Decreto reglamentario 1112/13.- Control de Ingreso Provincial de Productos Alimentarios.